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Informamos a funcionarios y funcionarias los requisitos y plazos para quienes soliciten acogerse a los beneficios de las leyes de incentivo al retiro 2026, las cuales se describen a continuación:

  • Ley 20.948 que otorga una bonificación adicional y otros beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios y funcionarias de los servicios públicos que se indican y modifica el título II de la Ley 19.882.
  • Ley 21.003 que extiende los beneficios de la Ley 20.948 a los funcionarios y funcionarias de la JUNJI, establece normas específicas para el incentivo de la Ley 20.213 y modifica los requisitos de ingreso y promoción de la función de supervisión de la planta de profesionales de dicho servicio.
  • Ley 19.882 que otorga una bonificación equivalente a un mes de remuneración imponible por cada dos años de servicio y con un máximo de once meses.

De acuerdo a la publicación del Decreto Supremo 189 del Ministerio de Educación, serán beneficiarios y beneficiarias:

  • Los funcionarios y funcionarias a que se refieren los artículos 1, 3 y 7 inciso final de la ley N° 20.948, que cumplan 65 años de edad a contar del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Las funcionarias a que se refieren los artículos 1, 3 y 7 inciso final de la ley N° 20.948, que cumplan entre 60 y 64 años de edad a contar del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Los funcionarios y funcionarias que, al 31 de diciembre de 2025, tengan 65 o más años de edad de acuerdo a lo señalado en el artículo 88 de la ley N° 21.724.

También se considerarán en este proceso las postulaciones presentadas entre el 20 de enero y el 31 de marzo de 2026, por los funcionarios y funcionarias a que se refiere el artículo 8 de la ley N° 20.948, siempre que estén dentro del plazo señalado en el inciso cuarto del citado artículo 8.

Cupos 2026: 230

Fecha de postulación: Desde el 20 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026.

Documentos requeridos para la postulación:

  • 1 formulario de postulación debidamente completado.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de trabajo pesado (solo si corresponde).
  • Certificado de antigüedad (solo si corresponde).

Dónde: Oficina de Partes de su Dirección Regional correspondiente.

Documentos anexos

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